miércoles, 21 de noviembre de 2012

" TELETRABAJO "

 

El teletrabajo

 
“nueva organización de trabajo”



DEFINICION DE TELETRABAJO: CONCEPTOS BASICOS.

El concepto de teletrabajo surge en los años 70 , cuando la crisis del petróleo  crea la necesidad de un ahorro energético  y la posibilidad de realizar ciertos trabajos a distancia que las empresas y estados se plantean  para así reducir un gran numero de desplazamientos innecesarias.
Con el desarrollo de los sistemas de telecomunicaciones y la integración de estos en los sistemas de procesos de datos permitió no solo un ahorro energético sino también un nuevo sistema de realizar tareas.
Aunque no existe una definición universalmente aceptada sobre qué es el teletrabajo, podemos decir que el teletrabajo, de una manera simple y abierta, abarca todas las actividades que pueden ser llevadas a cabo remotamente fuera del lugar de trabajo habitual y que precisan para ello del uso intensivo de tecnologías de la información y la comunicación.
Toda definición sobre el teletrabajo debe tener en cuenta los siguientes puntos:

 

1-  LUGAR DE TRABAJO:                                       


Parte del tiempo de trabajo debe ser llevado a cabo fuera del entorno tradicional de trabajo. Ello provoca una nueva división de tiempo de trabajo entre la residencia familiar del teletrabajador, las oficinas tradicionales situadas en centros y/o ciudades de negocios, y posibles centros de trabajo cercanos a las residencias de los teletrabajadores, que se suelen denominar "satélite offices" o "neigbourdhood centers".
Algunas de las razones de estos centros son: la necesidad de compartir el coste de los equipos necesarios para teletrabajar entre diversas empresas, teletrabajadores o administraciones públicas, evitar la soledad del teletrabajador, crear cultura de empresa con estos encuentros, etc.


2- DISTRIBUCIÓN DEL TIEMPO DE TRABAJO: 


Para que una persona sea considerada teletrabajador es necesario que pase una "parte importante" de su jornada de trabajo fuera de un entorno habitual de oficina. En algunas ocasiones encontramos el caso de los teletrabajadores esporádicos, que normalmente trabajan en un entorno tradicional de oficina, y de manera excepcional, trabajan fuera de ésta, convirtiéndose en teletrabajores.


Teletrabajo en el Perú


Muy interesante y recomendable de leer este artículo de Carlos Armas Morales, publicado por el sistema de bibliotecas de la Univ. Nac. Mayor de San Marcos. Entendido como una forma moderna de laborar con impacto en la gestión empresarial, el autor aborda las normas legales relacionadas con el teletrabajo en el Perú. En el podemos leer "La opción laboral acuñada como teletrabajo es un concepto que nació en Europa a mediados de los años setenta, aplicada a ciertos trabajadores que tenían su centro de labores en sus domicilios y cuyas actividades las realizaban por medios telemáticos. En Norteamérica la palabra teletrabajo es una invención que el físico Jack Nills2 utilizaba para describir una nueva vertiente aplicada de las tecnologías teleinformáticas al escenario laboral. Por otro lado el teletrabajo es la aplicación de las tecnologías de teleinformática al entorno empresarial-laboral, es decir, la  automatización de los procesos empresariales asistidos por estos medios.

En su sentido básico un teléfono y un fax, habiendo otras formas más complejas como el correo electrónico con programas de Chat, transferencia de archivos,   conversaciones por video y voz en Internet; y más aún, si queremos acceder a redes internas, encontramos diferentes soluciones a través de redes privadas virtuales desde un punto móvil o fijo, posibilidades que no sólo relevan un cambio de la manera tradicional de laborar, sino de organizarnos y comunicarnos en nuestro entorno social."


CONCLUSIONES:                                                         


El teletrabajo en cuanto a las empresas: 


-       El teletrabajo trae muchos beneficios para las empresas y las propias personas que de otra manera no conseguirían ingresos razonables y estarían desempleados.
-       Para la empresas, el teletrabajo brinda oportunidades de flexibilidad en su modo de actuar y facilidades para la adaptación al ambiente de trabajo. Los niveles de inversión para crear un puesto de trabajo se reducen notoriamente: no hay que implementar oficinas, equipos, gastos corrientes asociados, etc.
-       También les permite reclutar o contratar personas que están residiendo fuera del lugar principal o sede de la empresa, pudiendo tomar personal o contratar servicios en cualquier lugar del mundo.
-       Se facilita la operatividad y productividad empresarial. Los pagos -que también se realizan a través de Internet- pueden efectuarse sin esperar a fin de mes al depositarse en la cuenta del trabajador diariamente o cuando culmina cada tarea.


Teletrabajo en cuanto al trabajador:


-       Ahora la pregunta es si el teletrabajo es también beneficioso para el trabajador. La respuesta vuelve a ser la misma: existen muchos beneficios para la persona que realiza tareas productivas u ofrece sus servicios en la modalidad de teletrabajo.
-       Muchas personas no pueden trabajar pues deben atender labores no remunerativas pero indispensables en el hogar, por ejemplo la atención y cuidado de hijos pequeños. El teletrabajo no sólo les permite estar todo o gran parte del tiempo en su hogar sino que, además, les deja a su propia decisión en qué horarios y cuántas horas trabajar. Ello no sería posible si estuviera físicamente en la sede de la empresa contratante con una jornada de 8 horas.
-       El no desplazamiento también viene asociado a otros factores como mejoras en la motivación personal, no incurrir en gastos de transporte, tiempos no utilizados productivamente durante los viajes, etc.
-       Contribuye a desarrollar esquemas o mejores hábitos en la organización del trabajo y las actividades personales pues los horarios de trabajo se adaptarán a las necesidades personales.
-       Uno de las ventajas más importantes es que el propio trabajador puede elegir la actividad o empresa con mayor facilidad o autonomía, descargando los procesos de postulación y aplicación, usualmente complicados y tediosos.

miércoles, 3 de octubre de 2012

analisis economido del derecho - A. Bullard





Análisis Económico del Derecho



Bullard considera que el análisis económico del derecho nos hace tomar conciencia de cuanta responsabilidad tiene el Derecho en el desarrollo.
Reglas claras, jueces honestos y normas predecibles no solo tienen que ver con el bienestar individual, sino con el bienestar agregado. Hoy ya sabemos que “el mal Derecho” nos cuesta varios puntos en el crecimiento del PBI y reduce las inversiones. Hoy sabemos que “el mal Derecho” no solo genera injusticia, sino además, subdesarrollo.
- Es fundamentalmente social, el principio básico consiste en que el costo de diluir los daños económicos del accidente debe pasar a formar parte del costo de determinado bien o servicio  que pudiera ser ofrecido con menos riesgo
Se fundamenta que entre el derecho y  la economía existe un elemento central: la eficiencia. Al enfrentar, tanto la economía como el derecho el problema de la escasez de recursos y como asignarlos, se busca siempre una solución eficaz socialmente
  Se opera una importante reducción ideológica y finalística. Los nuevos conceptos jurídicos son admisibles únicamente en la medida que satisfacen el objetivo de la eficiencia de la práctica jurídica
Como el análisis económico del derecho se basa en un análisis costo-beneficio, se tiende mucho a pensar que es un análisis deshumanizante: es convertir en números el Derecho, que tiene que ver con la Justicia, con la conducta humana y con los valores. Sin embargo, no es lo que persigue el análisis económico del derecho.
Lo que persigue es evitar que los sistemas jurídicos, a la hora de legislar generen desperdicios. Y desperdiciar en una sociedad donde los recursos son escasos, es injusto. Lo que se busca es por tanto, un derecho que, sin olvidar otros aspectos o valores a los cuales se deba, sea un Derecho eficiente, es decir, un Derecho que ante el uso inadecuado de los recursos, cree incentivos de conducta correctas para lograr su fin.
El estudio de los problemas económicos siempre ha tenido que considerar para hacer viable sus planteamientos, el ordenamiento jurídico o la norma. De igual manera, los propios juristas que se han preocupado  por el contexto social o medio  en el cual se aplica la norma  han tenido que apreciar el fenómeno  económico como una fuerza que funciona con frecuencia el accionar de los sujetos.

La inevitable conexión del Derecho con la realidad social  lo ha hecho derivar hacia una mayor complejidad en la que los fenómenos económicos conviven  con nítida energía.

1.       Deriva del carácter restrictivo de las hipótesis que pueden ser incorporadas en los modelos. Pues, éstos no siempre pueden acoger toda la gama de  variables que de hecho, condicionan la efectividad de mandatos legales.
2.   Su metodología es criticable desde el punto de vista moral y ético, puesto que en determinados casos se estima una determinada valoración monetaria de la vida o la salud humana.
3.     La función de la justicia “resulta ser más bien insignificante”, se reclama entonces el principio de soberanía del consumidor para afirmar, en su virtud, que si la gente no demanda un determinado servicio es porque no lo considera suficientemente valioso  y no deben deducirse de ahí soluciones que alteren su elección soberana